Yo estoy totalmente de acuerdo que en el momento vean que se les escapan ingresos por el BTC modificarán la ley para evitarlo, ahora bien, lo que tenemos que hacer es cumplir TODOS la ley, tanto las empresas como la propia hacienda.
Veo una corriente de personas/empresas que no quieren que el pago en BTC lleve IVA porque NO es una venta ya que no se paga con EUR sino con otra cosa que se llama BTC.
Acabo de encontrar este link en el que el segundo párrafo es demoledor:
http://www.emprendedores.es/gestion/trueque/trueque-2Aunque no se opere con dinero, la mecánica es igual que en una compraventa. Desde el punto de vista fiscal, “la operación está sujeta al IVA y sigue el mismo régimen aplicable a los supuestos en los que la prestación es dineraria”, según recuerda José María Echeverría, socio del área fiscal del despacho Cuatrecasas.
Aunque claro esto es para trueque entre empresas... con un consumidor final es distinto.
No se... es muy complicado, porque si decimos que NO es una venta y le entrego un ordenador al cliente, como no se lo he vendido... ¿no tiene garantía? ¿le digo al cliente que se ahorra el 21% de IVA pero NO tiene garantía?