El precedente criminal que puede frenar a Bitcoin
Conspiración para blanquear instrumentos monetarios (federal)
Conspiración para cometer un delito contra los Estados Unidos (federal)
Operación de un negocio de transferencia de dinero sin licencia (federal)
Transferencia de dinero sin licencia (Distrito de Columbia)
¿Qué tiene que ver E-Gold con Bitcoin?
Bueno, tan pronto describa qué era y qué hacía E-Gold verás que la similitud con Bitcoin y sus cripto-hermanos es realmente sorprendente. Lo voy a hacer mediante citando el documento judicial en el que se comunica la acusación, subrayando las partes que me parecen más relevantes para Bitcoin y agregando algunos comentarios entre corchetes:
E-Gold era un emisor de “moneda digital,” definida como medio de intercambio ofrecido por internet […]; ofrecía a los usuarios otra opción para realizar transferencias de fondos en línea; […] por lo general se lo comercializaba como vehículo de aceptación global sin necesidad de convertirlo a monedas de curso legal, y valuado a una tasa fluctuante vinculada al precio de un determinado metal precioso, en particular, el oro. [Aquí hay obviamente una diferencia clave con las cripto-monedas tales como Bitcoin.]
[…] se la usaba para comprar y pagar en internet y para transferir fondos entre individuos con fines no comerciales. Si bien en términos técnicos el dueño de la moneda digital podia llegar a tener el derecho de adquirir el metal real que daba sustento a la moneda, los usuarios de la moneda digital normalmente convertían su valor a moneda de curso legal cuando deseaban retirar valor del sistema electrónico.
Había cuatro pasos principales en las transacciones financieras que utilizaban “e-gold”:
Abrir una cuenta de moneda digital con la empresa E-GOLD;
Convertir la moneda nacional a “egold” para fondear la cuenta;
Utilizar “e-gold” para comprar o vender un producto o servicio o transferir fondos a otra persona; y
Cambiar el “e-gold” de vuelta a la moneda nacional.
La empresa E-GOLD necesitaba dos participantes adicionales para completar estos pasos: (i) cambiadores de moneda digital; y (ii) comercios o individuos que aceptaran “e-gold” para el pago de productos o servicios o para la transferencia de fondos. [es decir, los socios de distribución de cualquier ecosistema de pagos.]
Debido a la relativa falta de controles con respect a otros sistemas de pago, la empresa E-GOLD se convirtió en el método de pago de preferencia de operadores de estafas de inversión, como por ejemplo pirámides, ponzis, PIARs (es decir, Programas de Inversión de Alto Rendimiento) y otros ardides que prometían “riqueza rápida”. [Si reemplazáramos “estafas de inversión por “Silk Road”, más de un fiscal se vería preocupado. El senador estadounidense Charles Schumer, quien ordenó cerrar el sitio, ¡seguramente no estaría muy contento!]
La plataforma E-GOLD se ha vuelto popular entre los criminales debido a que permite sus usuarios operar cuentas de manera anónima y es política de E-GOLD que todas las transferencias de “e-gold” sean irrevocables e irreversibles.
Cualquier similitud con las características reales de Bitcoin es…¡absolutamente sorprendente! Igual que con bitcoin y Bitcoin, existe una clara distinción entre la moneda (“e-gold”) y el proveedor de la plataforma (“E-GOLD”).
¿Qué hizo mal E-Gold?
Como expliqué en mi artíulo del 21 de abril pasado, la normativa regulatoria de EEUU US es una pesada carga que seguramente obstaculizará las innovaciones disruptivas en el espacio de las cripto-monedas. E-Gold ofrece un ejemplo pertinente. Y ni siquiera estamos hablando de la amenaza potencial de Bitcoin a las empresas financieras establecidas y los poderes soberanos que controlan las monedas de curso legal. Se trata solo de leyes federales que persiguen proteger al sistema financiero del delito y de leyes de estados que buscan (más que nada) proteger los derechos del consumidor.
Si mi explicación fue demasiado detallada o larga, aquí va un resumen de las obligaciones, citadas directamente de la el escrito judicial donde se expone la acusación:
“Conforme al artículo 1960 del código 18, es delito federal grave operar un negocio de transferencia de dinero sin la correspondiente licencia del estado (en una estado donde se requiera licencia y se penalice la operación sin licencia como delito menor o como delito grave) o sin el registro federal […]
La mayoría de los estados y el Distrito de Columbia exigen a las empresas de transferencia de dinero obtener una licencia y cumplir con la normativa vigente aplicable dichas entidades y penalizan la operación de dichos negocios sin licencia como delito menor o delito grave.
De la misma manera, el gobierno federal exige a los negocios de transferencia de dinero haberse registrado en la Financial Crimes Enforcement Network o FinCEN, la unidad de información financiera dependiente del Ministerio de Economía, antes del 31 de diciembre de 2001 si existían antes de esa fecha o, de lo contrario, dentro de 180 días después de su creación.
Además de estar sujetas a los requisitos de licenciamiento en los estados y de registro a nivel federal, las empresas de transferencia de dinero están sujetas además a cumplir con lo dispuesto poar la Ley de Secreto Bancario (Bank Secrecy Act, en inglés). La Ley de Secreto Bancario y su reglamentación exigen que dichas empresas, entre otras obligaciones, tomen medidas para evitar el lavado de dinero ilícito e informar transacciones sospechosas a las autoridades”.
Espero que haya quedado claro que, a diferencia de lo que se puede leer en internet, registrarse en FinCEN NO ES SUFICIENTE –hay que desarrollar y mantener Programas de Prevención del Lavado de Dinero y obtener licencias de transmisión de dinero donde sean exigidas. Los estados de Nueva York y Texas, debo agregar, exigen explícitamente que todos los transmisores de dinero (como FinCEN considera a los cambiadores y administradores de Bitcoin), sean nacionales o extranjeros, obtener licencias en sus estados si estas empresas tienen como clientes a residentes de estos estados. Aquí está la explicación detallada, para quienes se la perdieron la semana pasada.
El delito de “conspiración para blanquear instrumentos monetarios”, el más serio de la acusación formal, fue resultado de que la fiscalía alegara que las gerencia, los directores y los socios de E-Gold tenían conocimiento de que su moneda digital estaba siendo utilizada para transferir fondos (es decir, hacer pagos) que provenían de actividades ilícitas subyacentes tales como la explotación infantil y el fraude electrónico. Aunque la carga de la prueba del delito de lavado es muy pesada para la parte acusadora (el estado), las consecuencias pueden ser severas.
El mea culpa de un fundador
El 21 de Julio de 2008, Douglas Jackson, fundador y socio mayoritario de E-Gold, Ltd. escribió una sentida entrada en su blog que nos deja algunas buenas lecciones para aprender (las que he subrayado abajo):
“El fracaso de E-gold se debió a muchos factores, pero la causa raíz fueron errores de diseño en la creación de cuentas y en la lógica transaccional que llevaron a la desafortunada consecuencia que fue la vulnerabilidad a la explotación criminal. La explotación criminal del sistema de e-gold, a su vez, llevó a una reputación negativa auto-reforzante.
En última instancia, la explotación criminal de e-gold llegó a punto tal que debió intervenir la fiscalía federal de EEUU, quien levantó cargos penales contra E-gold Ltd., Gold & Silver Reserve., Inc., (el operador de e-gold y también el servicio de casa de cambio en línea OmniPay), mí mismo y otros directores por violaciones al artículo 1960 de la parte 18 del código penal [operación de un negocio de transferencia de dinero sin licencia] y 1956 del mismo código [conspiración para cometer lavado de dinero].
El proceso penal ya ha concluido. La resolución del caso penal, sin embargo, nos brinda una segunda oportunidad, la oportunidad de corregir las fallas estructurales del sistema de e-gold y de transformer la “operación de e-gold” en las instituciones que yo, los otros directores y nuestros sacrificados empleados y contratistas siempre hemos soñado, una operación que promueva el bienestar material de la humanidad.
En armonía con esta transformación, reconocemos que E-gold es, de hecho, una Institución Financiera tal como la definen las leyes de EEUU y por lo tanto debe ser reglamentado como tal. E-gold Ltd. ha enviado una solicitud a FinCEN para registrarse como Negocio de Servicio Monetario y procurará obtener licencias de transmisor de dinero en los estados que así lo exijan. Y, más importante aún, trabajando conjuntamente con las agencias del gobierno de EEUU, haremos el mayor esfuerzo posible para llevar a E-gold, lo antes posible, al nivel de cumplimiento que exigen las leyes y reglamentos de EEUU”.
No tengo conocimiento de las consecuencias personales que hayan podido sufrir el Sr. Jackson y sus socios (en realidad, me lo he encontrado varias veces en conferencias de la industria durante los últimos años, por lo que obviamente no está en la cárcel), pero E-Gold, la moneda, la empresa y el ecosistema, han sido reducidos a casi nada.
Peligro (no tan) inminente
El caso de E-Gold, Inc. data de 2008 y, en toda su historia, el ministerio público de EEUU ha aplicado el artículo sobre “prohibición de empresas de transferencia de dinero sin licencia” solo 66 veces. Además, como dice un colega mío, “la fiscalía solo actúa cuando necesita dinero o cuando alguien busca prensa”. Por ello, las probabilidades de que la fiscalía federal persiga a un emprendimiento temprano con pocos fondos, especialmente en esta fase del ciclo de vida de Bitcoin, parecen ser bajas.
Sin embargo, nunca se sabe… Las empresas de Bitcoin no serán presa atractiva para la fiscalía todavía, pero eso no las habilita a ignorar las leyes.
PayPal ofrece un mapa que los cripto-emprendedores podrán usar para encontrar el camino, si es que sus modelos de negocio llegan a funcionar. ¿Sabías que en los primeros años PayPal violó una gran cantidad de leyes federales y de los estados de EEUU, incluida la obligación de obtener licencias de transmisor de dinero? Al igual que E-Gold, es obvio que en sus inicios no se veían a sí mismos como institución financiera, aunque siempre lo fuero y siempre lo serán (¡igual que todos los cambiadores y administradores de Bitcoin en cualquier parte del mundo!). Tras recibir un par de órdenes de desistimiento, aprendieron lo que debían hacer y lo hicieron.
Y también lo hiceron (o lo están haciendo) Amazon Payments, Inc., Google Payment Corp., Facebook Payments, Inc. y Square, Inc. a medida que van creciendo. Si se los busca en la página de búsqueda de negocios de servicios monetarios registrados en FinCEN, se puede ver cuántas licencias tiene cada uno y en qué estados. Algunos, como Square, Inc., todavía no han resuelto todos sus problemas, como se puede ver en este artículo (en inglés).
No todo está perdido
Aunque a menudo trabajen con presupuestos reducidos, los emprendedores no deberían de tener el cumplimiento legal como una prioridad. Es indudable que hacer las cosas bien desde el principio tiene su valor, o al menos lo suficientemente temprando como para no poner en peligro la viabilidad de sus proyectos. No olvidemos las “fallas de diseño” que Douglas Jackson mismo reconoció como la causa raíz de la caída de E-Gold.
Los emprendedores inteligentes saben que esto es así. Saben que tienen que empezar con austeridad hasta probar su concepto, pero cuando se trata de “cosas bien conocidas” que no se pueden cambiar (por ejemplo, las leyes y reglamentos) y están obligados a buscar una solución, lo único que queda es hacerlo de la manera más inteligente posible.*
Aquí es donde creo que están las grandes oportunidades de innovación –en construir sobre o alrededor de Bitcoin o cualquier otra cripto-moneda. Sospecho que esto es lo que planean hacer los señores Andreessen y Horovitz con OpenCoin (Ripple).
La clave va a ser diseñar la interface con el cliente óptima –una que permita a los emprendedores, al mismo tiempo, crear fuertes relaciones con sus clientes y cumplir con la normativa vigente. En artículos futuros, compartiré mis ideas sobre cómo lograr este objetivo.
//* Por ejemplo, ¿cómo encontrarle la vuelta con Bitcoin a esta nueva reglamentación de la Oficina de Protección Financiera del Consumidor, que exige a todos los transmisores de dinero (y por extensión, al ser ellos también transmisores de dinero, a las empresas de Bitcoin?) à “Derecho de cancelación de treinta minutos: Todo proveedor del servicio de transferencia de dinero debe cumplir con los requisitos de cancelación y reembolso del artículo 1005.34 si la solicitud de cancelación ha sido recibida dentro de los 30 minutos de efectuada la transacción. El proveedor podrá optar por ofrecer una ventana más amplia para la cancelación. El proveedor deberá ofrecer la posibilidad de cancelación dentro de 30 minutes cualquiera fuera el horario normal de servicio […].”//