NUM-CONSULTA: V3625-16
DESCRIPCIÓN-HECHOS: El consultante se dedica al minado de Bitcoins obteniendo como contraprestación por tal labor una comisión y un numero de Bitcoins.
CUESTIÓN PLANTEADA: Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de dicha actividad. Derecho a la deducción.
La respuesta no es sencilla de comprender, pero puedes consultarla aquí:
http://petete.minhafp.gob.es/consultas/
Aunque no sé de leyes y puedo estar totalmente equivocado, al tratarse de una consulta vinculante, creo que no tendrías sanción si cumples lo que ahí se indica relativo a la minería.
Muchas gracias por la info... estaba buscando algo similar a esto