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Topic: Hacienda, declaración 2017, asesores fiscales, Bitcoin (Read 249 times)

legendary
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
Si haces trading diario muy frecuente tienes que gastarte unos durillos en un programa que te gestione todo esto de forma automática. El que yo conozco es https://cointracking.info/ que te permite importar tus operaciones de la mayoría de las bolsas de criptodivisas. La aplicación luego te calcula las perdidas y ganancias y esta orientada a evaluar los impuestos. La versión gratis solo te permite 200 operaciones o algo así y la aplicación es un poco parca en funcionalidad.
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Cointracking es de las mejores y más potentes aplicaciones para el seguimiento de las cripto-inversiones, y de hecho es la que yo uso personalmente. El interfaz de usuario es multilingüe y te permite importar tus movimientos históricos a través de APIs desde más de 30 exchanges. Además, puedes proteger el acceso mediante huella digital en las versiones móvil (Android o Ipad), aunque no en la versión Web.

Dicho eso, estoy con que, si no hay una normativa explícita y ejemplificada, adaptada a las inversiones específicas en criptodivisas, los movimientos que no se convierten en FIAT son movimientos que, por ahora, son del dominio privado y no de hacienda.
Más que nada, a ver quién es el guapo que se mete a declarar todos los movimientos entre criptodivisas y se lo explica a un inspector (si se tercia), el cual va a carecer de conocimiento alguno al respecto.

Por lo que leí, el requerimiento hecho por parte de hacienda hace poco tiene un foco principal sobre el blanqueo y las ventas por parte de empresas que aceptan criptodividas, sin que, por ahora, parezca que exista una lupa puesta sobre todos los criptoinversores de a pie.
legendary
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Do not die for Putin
Si haces trading diario muy frecuente tienes que gastarte unos durillos en un programa que te gestione todo esto de forma automática. El que yo conozco es https://cointracking.info/ que te permite importar tus operaciones de la mayoría de las bolsas de criptodivisas. La aplicación luego te calcula las perdidas y ganancias y esta orientada a evaluar los impuestos. La versión gratis solo te permite 200 operaciones o algo así y la aplicación es un poco parca en funcionalidad.

Por defecto, Hacienda no se hace líos y pretenderá cobrarte por el 100% del valor de lo que vendas, asique esta en tu tejado el demostrar los costos de las compras.

Seria prácticamente imposible que Hacienda intentara hacerte pagar por conversiones entre criptos porque tendrían que rastrearte por decenas de bolsas no reguladas en decenas de jurisdicciones distintas y seguir tus operaciones en las distintas Blockchains de las criptos, por no mencionar los intercambios en mercados descentralizados que no tienen referencia a valores fiat. Pero lo mejor es que no les hace falta entre otras cosas porque lo que le interesa es la diferencia entre lo que tenías y lo que tienes ahora globalmente y cobrarte su mordida si has ganado.

Es más, si lo piensas les importa un pijo las compras, solo tienen que ver que tu cuenta tiene, por decir algo, 10 mil l’euros más y decirte que su parte es el 25% y punto. Y como dije ya es cosa tuya demostrar que es menos.
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He leido que si no lo has pasado a euros no es necesario declararlo pero son cosas que están en el aire
Dependerá del país. En España hay que declarar todas las compra-ventas que generen aumento de patrimonio. Incluso las compra-ventas entre criptomonedas. lo que no se es como se puede calcular el valor a declarar, ya que no hay un cambio oficial.
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He leido que si no lo has pasado a euros no es necesario declararlo pero son cosas que están en el aire
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Bueno, a ver sios sirve este artículo. A mí me ha resuelto bastantes dudas, pero, como soy muy torpe, vuestra opinión vale oro. Abracitous hijos
https://www.xataka.com/criptomonedas/tengo-un-millon-de-euros-en-bitcoins-que-me-va-a-decir-hacienda
jr. member
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¿Qué ocurre si invertimos en una moneda que a posteriori se devalúa hasta cero valor? Nos devolverá hacienda el valor de esa moneda declarada, esto no tiene ni piés ni cabeza, la propia hacienda se estaría haciendo un agujero negro en sus arcas.
En teoría podrías desgravar parte del pago de impuestos si has obtenido pérdidas. Pero un concepto fundamental es que Hacienda nunca te devuelve nada que no hayas pagado antes. Es decir, Hacienda no te va a pagar nada por las pérdidas. En el mejor de los casos podría ser que no te corresponda pagar, pero en ese caso, si la desgravación es fuerte, te van a poner la lupa y es probable que te pidan demostraciones.

Eso es lo que yo tengo entendido, podrías desgravar sobre las ganancias e incluso desgravar en la declaración del año siguiente de otras ganancias si las perdidas son muy altas, pero en ningún caso te van a pagar. Es lo que no veo muy justo, en mi opinión se debería regular para que te cobraran impuestos por otros sitios, en las compras y ventas por ejemplo de alguna forma. De la forma que tenemos ahora, tu tomas el riesgo de invertir, se te sale mal, pierdes el dinero, si te sale bien pagas...

Una súper duda: Si en españa ganas en Bitcoin, es decir, si mi trabajo es online y recibo pagos en criptomonedas, las paso a euros poco a poco (por ejemplo 200 euros cada 15 días o así), ¿tengo que hacerme autónoma?
Porque fui autónoma unos años en españa y la verdad es que, por mucho que ganes, siempre estás endeudado con hacienda, te piden que adelantes pagos y después te devuelven parte en la declaración (bueno supongo que ya sabéis lo jodido que es ser autónomo).


Creo que tienes que hacerte autónomo si eres minero. En caso contrario si lo que haces es invertir y vender simplemente no tienes que hacerte autónomo, se trata de un incremento de patrimonio. Pero como dice Gothorum, cuidado con esto porque al no haber regulación redactada todo puede ser muy interpretable.

si he tenido algunas ganancias pero no la pase a dinero fiat, debo hacer mis declaraciones???
y si cuando lo convierta a dinero lo vendo a otra persona en mi ciudad y en ningun momento hago una transacion bancaria??


En teoría si tu compraste bitcoin a 100 por ejemplo y sube a 1000 y no lo mueves no tienes que declarar, pero si los cambias a athereum por ejemplo, parece ser que si. Ese es el problema, que si eres trader, eso en un trabajo de chinos, porque puedes hacer varias operaciones al día y cientos al año.
En cuanto a lo segundo, supongo que es evasión de impuestos xD tendrías que declararlo igualmente, sólo que no está de por medio el banco para chivarse a hacienda, todo el mundo lo hace con bajas cantidades porque no tiene sentido muchas veces declararlas y porque tiene que haber un minimo creo de 1600€ para que sea obligatorio declararlo, pero si vas a hacer eso con grandes cantidades ten cuidado de que no te pillen porque te meterás en problemas.

No se vosotros, pero yo personalmente he hecho incontables cambios entre divisas en múltiples páginas, sería una locura buscarlos todos y calcular perdidas o ganancias. Por otra parte yo compré por primera vez en 2011, en foros y páginas que ya ni existen, así que es imposible demostrar el valor de adquisición y la procedencia inicial.
He notado que la dificultad en llevar las cuentas se simplifica mucho si casi todas tus transacciones son Bitcoin-Fiat y Fiat-Bitcoin, y si además agrupas todas las ventas de golpe en días seguidos y todas las compras de golpe en días seguidos. Como no lleves un orden y aleatoriamente compres y vendas, se complica calcular las ganancias y pérdidas.

Lo se, pero ya es un poco tarde, nunca se me ocurrió pensar que tendría que declarar si cambiaba bitcoin por ethereum por ejemplo. Según me han dicho a efectos prácticos nadie declara esto, voy a informarme a ver si demostrar que tenía bitcoin hace años en mi carteraes suficiente y no tengo que declarar todos los pasos intermedios hasta que lo saqué al banco. Porque además el 90% los perdí en MTgox, no se si tendré que demostrar eso o van a pensar que los tengo escondidos por ahí.
sr. member
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Que conste que sin una regulación redactada muchas de las cosas que aquí podemos estar diciendo son simples supuesto y previsiones personales, que nadie se tome esto al pie de la letra, son las opiniones de cada uno. Por lo menos en lo que a mí respecta.
legendary
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No se vosotros, pero yo personalmente he hecho incontables cambios entre divisas en múltiples páginas, sería una locura buscarlos todos y calcular perdidas o ganancias. Por otra parte yo compré por primera vez en 2011, en foros y páginas que ya ni existen, así que es imposible demostrar el valor de adquisición y la procedencia inicial.
He notado que la dificultad en llevar las cuentas se simplifica mucho si casi todas tus transacciones son Bitcoin-Fiat y Fiat-Bitcoin, y si además agrupas todas las ventas de golpe en días seguidos y todas las compras de golpe en días seguidos. Como no lleves un orden y aleatoriamente compres y vendas, se complica calcular las ganancias y pérdidas.

¿Qué ocurre si invertimos en una moneda que a posteriori se devalúa hasta cero valor? Nos devolverá hacienda el valor de esa moneda declarada, esto no tiene ni piés ni cabeza, la propia hacienda se estaría haciendo un agujero negro en sus arcas.
En teoría podrías desgravar parte del pago de impuestos si has obtenido pérdidas. Pero un concepto fundamental es que Hacienda nunca te devuelve nada que no hayas pagado antes. Es decir, Hacienda no te va a pagar nada por las pérdidas. En el mejor de los casos podría ser que no te corresponda pagar, pero en ese caso, si la desgravación es fuerte, te van a poner la lupa y es probable que te pidan demostraciones.

No soy experto en leyes. Es lo que opino, pero puedo estar equivocado.

member
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si he tenido algunas ganancias pero no la pase a dinero fiat
debo hacer mis declaraciones???
y si cuando lo convierta a dinero lo vendo a otra persona en mi ciudad y en ningun momento hago una transacion bancaria??
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Una súper duda: Si en españa ganas en Bitcoin, es decir, si mi trabajo es online y recibo pagos en criptomonedas, las paso a euros poco a poco (por ejemplo 200 euros cada 15 días o así), ¿tengo que hacerme autónoma?
Porque fui autónoma unos años en españa y la verdad es que, por mucho que ganes, siempre estás endeudado con hacienda, te piden que adelantes pagos y después te devuelven parte en la declaración (bueno supongo que ya sabéis lo jodido que es ser autónomo).

Obviamente no habría ni contrato de trabajo ni seguridad social ni nada de por medio, entonces ¿cuál sería la condición, en el caso, de autónomo? En fin, planeo volver a España pronto y estas dudas me agobian bastante.
Gracias por el hilo, seguro  nos va a ayudar a muchos.
sr. member
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Hola, hay opiniones y escritos para todos los gustos, has hecho bien en consultar a varios gestores, así tendrás distintas opiniones, lo de declarar el dinero fiat obtenido no tiene discusión, es ingreso de dinero y se tiene que declarar como cualquier otro ingreso, ahora bien, eso de declarar todo lo que hayas movido en las exchanges... Eso complica mucho las cosas, a no ser que tengas un buen registro de todas las transacciones que has hecho, pero esto me plantea una duda añadida, incluir como ganancia o pérdida a lo largo del tiempo cada moneda que podamos tener, puede ser un trabajo de chinos, pero igual para nosotros como para hacienda. Así que yo no me metería en declaraciones de monedas que nunca puede ser algo objetivo y si me apuras, incierto en todo momento dependiendo de fechas, valores etc...

¿Qué ocurre si invertimos en una moneda que a posteriori se devalúa hasta cero valor? Nos devolverá hacienda el valor de esa moneda declarada, esto no tiene ni piés ni cabeza, la propia hacienda se estaría haciendo un agujero negro en sus arcas.

El tema sin duda es interesante, así que a debatir se ha dicho.
jr. member
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Buenas gente, como algunos ya sabréis toca hacer la declaración. Supongo que como yo, muchos tendréis que empezar a declarar las ganancias del año anterior. Yo empecé a sacar una parte para mis gastos y ahora toca declararla.

La normativa no está aún muy clara, así que abro este hilo para que vayamos añadiendo y ayudándonos para hacerlo más fácil.

He consultado con algunos asesores, estoy a la espera de respuesta de algunos, por ahora quien me ha contestado me ha dicho lo siguiente:

"por ahora hacienda no se ha pronunciado, pero con la ley actual entiendo que la tributación en cripto se realiza cuando se pasa a fiat pero también cuando se cambia entre criptos, por lo tanto tendrás que declarar las ganancias por los XXXX euros que has pasado a tu banco en 2017 y también por los cambios de monedas durante el año en el resto de exchangers.

El valor de adquisición es muy importante para evitar problemas ante hacienda, por lo que conviene que lo documentes bien."


No se vosotros, pero yo personalmente he hecho incontables cambios entre divisas en múltiples páginas, sería una locura buscarlos todos y calcular perdidas o ganancias. Por otra parte yo compré por primera vez en 2011, en foros y páginas que ya ni existen, así que es imposible demostrar el valor de adquisición y la procedencia inicial.

Si alguno tenéis problemas similares respecto al tema o alguna idea de como proceder os animo a postear y que nos vayamos aclarando un poco entre todos.

Saludos y buen trading!  Grin
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