Hola y gracias por pasar por el tema, eres increíble. Me gustaría saber qué le añadirías a la siguiente idea. Cualquier contribución es buena.
Dado que la legislación sobre las criptomonedas está aún en desarrollo, las leyes están en el aire y sujetas a la interpretación propia del individuo -
estoy en busca de una opinión experta sobre el caso.¿Qué es?Dado que la industria de eSports crece rápidamente, he llegado a la siguiente idea: crear un sistema de apuestas para los partidos en juegos virtuales - en un sitio físico y online. Que acepte criptomonedas, tenga su propia moneda (para reducir las tarifas) y acepte objetos virtuales de los propios juegos para hacer apuestas. Nada de dinero real.
Para ponerlo más claro, pongo un ejemplo:
Habrá un local físico con 10 ordenadores (2 equipos - 5 contra 5) y se harían partidos en un juego, por ej. Call of Duty. Los clientes apostarían por el equipo de su elección. Cuando se anuncie el ganador, se reparten las ganancias y vuelta a empezar con otros miembros del local ansiosos de jugar.
Habrá una página web donde se podrá hacer apuestas sobre dichos partidos dado que se hará una transmisión directa de cada uno. A parte, habrá partidos online para hacer apuestas también.
Es una especie de local café pc de los años 2000-2005 para apuestas en juegos que funcionaría las 24 horas del día, 7 días a la semana porque no haría falta personal (a lo mejor un guardia). Todo estaría automatizado.
Con este resumen sólo estoy raspando la superficie de lo que se va a tratar el proyecto. Si alguien está interesado para saber más me puede contactar por privado.
Mi pregunta es: ¿Qué debería leer y tener en cuenta en este caso para no violar la ley?
Tengo leída la legislatura para la regulación del juego:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-9280. Pero me surgen dudas acerca del énfasis que le dan al afecto que tienen los juegos sobre los menores y el uso de las criptomonedas en general para las apuestas.
Pone explicitamente que para que una apuesta sea válida, tiene que haber un medio con valor económico independientemente de su tipo. Como si apuestas con piedras, pero si valen 10€ cada una, ya estás sujeto a esa legislatura.
Tengo entendido que la regulación actual en España se aplica exclusivamente a bitcoins, que está considerado como una moneda virtual, que está exenta de I.V.A (menos para los mineros) y que hay que declararlo aún así en hacienda.
Otra duda que me surge es que los objetos virtuales en juegos no están regulados y por eso esque hay tantas webs de apuestas de ello. En teoría las monedas virtuales son del mismo tipo, pero si no es el caso, se podría crear algo así para pasarlo por alto?
Gracias!