Antes que nada bienvenido al foro.
Creo que tienes experiencia, digo, sabes a donde ir, quizás solo querías saber si había algo que no sabias.
Por otra parte, el bitcoin siempre es anónimo en su esencia de una TXID, luego, siempre hay una disyuntiva apreciativa del anonimato, la seguridad y las responsabilidades jurídicas como ciudadano, de ahì que, es tu responsabilidad gestionar tu información con quien corresponda basados en esos tres elementos, no solo el anonimato.
El KYC, luego, es como su descripción misma lo refiere, información solicitada en correspondencia de tu necesidad y la de un tercero, en cierta manera, no es obligatoria, de hecho, es precisa en su desglose para ese tercero, Conoce a tu cliente, el KYC, en cierta manera no tiene nada que ver con tus responsabilidades como ciudadano que debe añadirse a las leyes de su país, punto, (si una #banana) pero es lo que hay, es decir, el KYC es una opción, no una obligación, la que si tienes como ciudadano, son distintas.
Por ahí mencionaron, P2P, en persona, mierda... léelo de nuevo, no solo estas perdiendo el anonimato, luego, al menos uno de los dos deja su rastro online, y los dos arriesgan su seguridad... etc.
Hoy en día, hay sistemas complejos que pueden rastrear direcciones, y en el subsecuente información de seguridad personal asociada, pero hacerlo, no es algo que este al alcance de todos y/o se aplica a todos los usuarios que usan bitcoin, por lo tanto, decirlo es fácil, por eso es que la mayoría interpreta mal el anonimato de bitcoin, es tu responsabilidad gestionar tu seguridad y en consecuencia ese anonimato, ya que, una dirección de bitcoin ofrece información de una transacción y cumple con el anonimato, por lo tanto, como cuides tu esa gestión con un tercero es lo que le agrega efectividad al concepto "anónimo", y luego, después de todo eso, cumples tus obligaciones, y es ahì donde ese anonimato se comparte entre las partes.
Entiendes el punto, no es que el mundo va saber cuantos capital bruto que tiene JoSerra invertido en BTC. (imo)