El anonimato puede existir HASTA CIERTO PUNTO, siempre y cuando NUNCA hagas publico tus direcciones de cartera, ni los ID de transacciones, pues mientras no hagas eso, no tiene nadie porque enterarse de cuantos Bitcoins tienes, y tal como bien dices, que la operación por fiat se realice de manera directa y no por medio de exchangers, que pueden generar un historial de movimientos —aunque esto seria más bien precaución en caso de cacería de "brujas", en caso de que regulen al Bitcoin y les de por ir a buscar a todos los que "deben" impuestos por concepto de transacciones con dicha criptomoneda—.
También tiene que ver que a quienes les envias Bitcoins, no te hagan publico tu dirección de wallet, ni los ID de transacciones que han tenido contigo.
Derivación de posible situación
Ejemplo de caso de anonimato en caso de delito: Si se trata de un delito cometido como el fraude, en donde la victima vive en un país donde no se a regulado (legislado) el uso de los bitcoins, y fue estafado al enviar Bitcoins a cambio de más Bitcoins de retorno por inversion, la ley en ese caso los vería como simples transferencias de datos sin valor alguno, pues nunca existió una transferencia real de fiat, que pueda acreditar el delito de fraude. Y esto ocasionaría que las autoridades hagan caso omiso de detener al estafador, pues no se encuentra penado por la ley el fraude con uso de datos que para el gobierno en cuestion, son simples datos sin valor.
PERO, si se trata de un caso en donde el delito si se encuentre dentro del rango de delito de pena de cárcel, como la privación ilegal de la libertad, a cambio de criptomonedas, no importa que las criptomonedas estén o no reguladas, pues el delito se persigue de oficio. Y en este escenario en donde el delincuente haya cometido un delito de causa penal, si uso Bitcoins como parte de recibir la ganancia por su delito, esto debió dejar rastro, y uno MUY CLARO, pues quien le envía dinero tiene consigo una dirección de cartera, y los ID de transacción, los cuales las autoridades, si no son tan incompetentes, pueden llegar a rastrear desde el origen de los Bitcoins usados, hasta su destino final al ser cambiados por fiat.
*Por tal motivo el anonimato en este caso es circunstancial, y depende de como hagas uso de tus Bitcoins, pues definitivamente es más transparente que transferencias a través de cuentas de banco, pues no se requiere de una orden judicial, para tener acceso al historial donde aparece la mayoría de los movimientos realizados por el delincuente.
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En el caso de la regulación y los impuestos, esto puede ser algo serio, si la regulación esta mal estructurada, pues por ejemplo en México se acaba de aprobar la nueva Ley Fintech, pero no sin antes pasar por una serie de reformas al planteamiento de ley ante el congreso, pues incluía algunas clausulas que permitían abusar, como el catalogar a las criptomonedas como algo similar a a un producto, pues se hablaba del cobro del IVA posiblemente en cada transacción de criptomonedas, lo que significaría, que al cambiar Bitcoins u otra moneda, tendrías que pagar IVA, como si estuvieras pagando por un producto, lo cual significaría que después de cambiar a fiat, y realizaras alguna compra con ese dinero, deberias pagar nuevamente el IVA, lo cual significa que pagaste el doble de IVA, y quita totalmente todo propósito de practicas de inversión como el Trading, pues estamos hablando de pagar un impuesto mayor del 20%. En el caso de la Ley Fintech de México, que se aprovo hace poco, parece que ya no generara IVA el realizar transacciones encriptomonedas, pero se dejo casi intacto la clausula que impone que las criptomonedas deberán ser oficializadas por el Banco de México, es decir que el Banco de México es quien decide que criptomonedas se pueden usar para comerciar en México, y las que queden fuera, se les impone un tipo de arancel, para desmotivar su uso, y todo esto supuestamente con el fin de proteger a los mexicanos de caer en criptomonedas fraudulentas. Según la nueva ley mencionada, el supuesto consuelo es de que la oficializacion de criptomonedas se hará por consejo de las empresas de fintech que comercien con criptomonedas, pues serán ellas quienes recomienden que criptomonedas oficializar, pero sera el Banco de México quien siga teniendo la ultima palabra, pudiendo incluso imponer sus propios criterios, tomando en cuenta que al fin y al cabo la opinión de las empresas fintech, es simple "recomendación", que ni al grado de la que puede dar alguna organización de derechos humanos llega, pues no es siquiera exigible que el Banco de México tome en cuenta el consejo que le dan las empresas. Al menos con la nueva legislación de ley mexicana, se obtienen beneficios, como la penalización de delitos cometidos con ese tipo de criptodivisas, así como también ahora si se permite mantener saldos en Pesos mexicanos (MXN) por más de 24 horas seguidas, en las carteras de las exchanges mexicanas, como la de Bitso.com, pues antes no se te permitía tener saldo en pesos por más de 24 horas, pues debías cambiarlos por alguna criptomoneda, o te los retachaban a la cuenta de origen de los fondos (la cuenta de banco de donde hiciste la transferencia).
Es por eso que siempre se debe tener al tanto de todas las clausular que conformen una propuesta de regulación de criptomonedas, para no caer en las redes de los abusadores que solo quieren enriquecerse de los ciudadanos.
Salu2.