Aymsro,
Gracias por la claridad en tus respuestas.
La mayoría de preguntas son sobre trading (comprado a un valor inicial y vendido a otro valor, cotizo por el posible incremento...)
Aquí, la procedencia del dinero inicial está clara. Se utilizan unos euros (que ya están en el sistema) para comprar bitcoins, luego se venden y retornan a euros.
Pero que pasa con el "minado" (fabricación de bitcoins)?
Si recibes un premio en forma de bitcoin por tu minado que pasa?
Quien paga este premio? Cientos de ordenadores en el mundo (blockchain)
Entiendo que no se factura a nadie...
Como demuestras la procedencia de este dinero?
Imagina un ejemplo:
Por el "minado" durante un cierto tiempo recibes 10 bitcoins (unos 17 mil eur. aprox)
Quedan ingresados por el "sistema bitcoin" (ente complejo, jurídico, no jurídico,...??) en tu monedero del ordenador que "mina"
Entiendo que es un servicio por el cual recibes un ingreso...
Si lo quieres declarar (persona física o sociedad), como lo haces?
Como le explicas a hacienda este ingreso si no has podido emitir una factura?
No se si me explico?
Gracias por tu paciencia!!
José
Mis dudas son:
* tendría que haber tributado durante estos años por el trading entre altcoins. Si es así y no le he hecho y. además, no tengo registro de todas las compra/ventas realizadas, ¿qué podría hacer para regularizar mi situación?
* tengo claro que si vendo mis BTC a euros tendré que pagar impuestos por la ganancia patrimonial generada. Hasta ahí no tengo ningún problema. Pero, ¿qué pasa si solo puedo justificar la compra de 10 BTC y quiero vender ahora 100 BTC? ¿Puede hacienda ponerme problemas? ¿Puede considerar que he hecho algo ilegal? El problema es que no tengo justificantes de todas las operaciones.
Lo dicho, excúsame por preguntar directamente, pero no consigo encontrar información sobre el tema y te estaría muy agradecido si tuvieses la amabilidad de contestarme.
Gracias
Hola, te contesto a tus dos cuestiones:
- No tributas hasta que no conviertas a divisa fiat (esto de momento, en el futuro, si se "institucionaliza" esta criptomoneda, podría cambiar, pero lo dudo)
- Si no tienes registro de operaciones intermedias, hacienda va a tomar 2 momentos para calcular la plusvalía: la conversión a euros de la compra inicial (10 BTC) y el importe de la venta (ambos sí son justificables). Si te quedas en cartera con algunos bitcoins, en operaciones posteriores o sucesivas, al no poder justificar importe de compra, tributaras integramente por el importe vendido como base imponible.
Saludos
Muchísimas gracias por tu respuesta. Es lo que yo siempre había pensado, pero últimamente me estaba preocupando, ya que lo que quiero es hacer lo que corresponda y no tener problemas en el futuro.
Saludos