En el fondo, el conflicto está entre lo que dice la constitución respecto de volver a postularse como candidato (ver este Tweet), y lo que resolvió la corte supremsa en el 2021, facultando presentarse a la reelección.
Ver:
https://es.cointelegraph.com/news/el-salvador-pro-bitcoin-president-nayib-bukele-reelection
Si Trump hubiera ganado en 2020 ahora estaría haciendo lo mismo para volver a presentarse jaja.
Ahora en serio. Yo pensaba que con la super mayoría que tiene en la asamblea podría cambiar la constitución y no entendía cual era el problema. Después de investigar un poco:
Este es el artículo que explicitamente dice lo de la reelección:
1º. -El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no,
durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período
presidencial;
2º. -El cónyuge y los parientes dentro del cuarto grado de consaguinidad o segundo de afinidad de cualquiera
de las personas que hayan ejercido la Presidencia en los casos del ordinal anterior;
No comprendo aquel debate sobre que se presentara alguno de los hermanos, si también habla de hasta cuarto grado (primos). Tampoco tiene sentido eso que se habló de renunciar 6 meses antes del nuevo mandato, porque se habla del periodo anterior inmediato.
Con la mayoría aplastante que tienen en la asamblea, en España puedes cambiar lo que sea de la constitución (luego se disuelven las cortes y se ratifica en referendum si tocas ciertas materias), pero ojeando la de El Salvador (que además es presidencialista con elecciones independientes para asamblea y presidente) , parece que hay cosas que no se pueden cambiar:
mitad más uno de los Diputados electos.
Para que tal reforma pueda decretarse deberá ser ratificada por la siguiente Asamblea Legislativa con el
voto de los dos tercios de los Diputados electos. Así ratificada, se emitirá el decreto correspondiente, el cual
se mandará a publicar en el Diario Oficial.
La reforma únicamente puede ser propuesta por los Diputados en un número no menor de diez.
No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y
sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la
República.
A mi me parece que una constitución o cualquier ley, debe tener una mínima flexibilidad. Es absurdo que ni con una aplastante voluntad popular, no se pueda cambiar cierta parte.
Edito para ampliar: En el fallo de la corte suprema que abala la reelección dice que permite:
Como curiosidad, si USA quisiera sortear la limitación de 2 mandatos sí sería posible (aunque complejo). Se necesita la aprobación de las dos terceras partes de ambas cámaras del Congreso y la ratificación de tres cuartas partes de los estados.