Yo tengo una duda sobre IVAS también.
Un grupo de amigos estamos cocinando un juego de mánager online. Como ocurre con este tipo de juegos, tendrá su opción de pago (que hay que mantener los servidores y dar de comer a los creadores, jejeje). No daré nombres en este momento, que aún está en pañales.
La opción de pago sería comprar una moneda virtual que los usuarios podrían gastar en características del juego. Estas compras estarían sujetas a IVA si se compran con euros, claro está. Pero ¿ocurriría lo mismo si estas compras se hacen con BTC? Podría ser un añadido interesante para el juego (aún tendría que comentárselo a mis compañeros, que me he lanzado a preguntarlo para ir teniendo la información). Queremos ser escrupulosamente legales, pero si la ley tiene "agujeros" estaremos encantados de aprovecharlos, claro está. Y no sé si este caso será equivalente al de los "cafés sorianos".
También me gustaría saber qué ocurriría si la empresa decidiera convertir BTC cobrados por esta vía a €, que al final, queramos o no, necesitaremos de € para muchos de los gastos de la empresa.
Por situaros, este tipo de juegos tiene una media de unos 500.000 usuarios. Los hay incluso con millones. Nuestro objetivo es alcanzar la media cómodamente. Dependerá del número de países en el que saquemos el juego, claro está. Pero una vez terminada la programación, la campaña publicitaria que tenemos prevista es grande así que esperamos que sea factible. Con esas cifras podríamos mantener todos los gastos que el juego entrañaría y asegurarnos un sueldo digno.
Creo que dar la opción de comprar la moneda del juego con BTC podría ser muy positivo para extender el uso del BTC. Estamos hablando de cientos de miles de personas que verían el iconito del BTC entre las opciones de pago y algunos seguro que acabarían interesándose por esa extraña moneda. Pero tendré que presentarles un argumento sólido a mis compañeros y la "exención" de IVA puede ser muy atractiva. Que al final todos sabemos lo que vale 1€, pero muy pocos conocen el valor de 1 BTC.
Aprovecho también para pedir ayuda a la comunidad bitcoinera. El proyecto es muy ambicioso, estamos hablando de unos 2.000€ mensuales solo de publicidad para asegurarnos una entrada en el mercado de los juegos online, que es muy competitivo. Los primeros meses serán duros, pero esperemos que el proyecto triunfe.
Hola jotaceo:
Disculpa la demora en contestar a tu post.
Por un lado, la compraventa de BTC con dinero en efectivo es algo que indudablemente va a tener que tener registro contable para la empresa o empresario que venda los BTC, y por tanto debe estar sujeto a IVA.
Entiendo que los intercambios en Bitcoins no deben estar sujetos a IVA, entre otras cosas porque el tipo de mercancía y de transacción impiden individualizar al obligado tributario, hecho imprescindible para la atribución de obligación para la Hacieda pública.
Si utilizas el Bitcoin como divisa, estarás infringiendo la Ley contra el blanqueo de capitales, por lo que es algo que no te recomiendo.
Respecto a lo que comentan bitcoinero y Jimmorz, es sencillo, respecto a la cuenta de pérdidas y ganancias por la compraventa de BTC tendrás que declarar el beneficio obtenido al cabo del ejercicio. Si tienes muchas operaciones de compra y de venta, en cualquier caso lo que tendrás que blanquear es el concepto por el cual obtienes esos ingresos y esos gastos.
Un saludo y disculpad la demora (llevo unos días bastante atareao).