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Topic: España- Nuevo anteproyecto anti-fraude – atentos a los tenedores de cripto ... (Read 2559 times)

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Yo estas cosas de la Unión Europea, las entiendo y no las entiendo a la vez. Hay ya no se sabe cuántas cosas en marcha en términos normativos al respecto de las criptomonedas, con aparentes solapes en su alcance (por lo menos a ojos del espectador), y plazos asociados variopintos. Luego tenemos a su vez que los miembros van un tanto a su aire, cada uno con normativas distintas, hasta que un día tengan algo que, supongo, parecerá razonablemente común.
-snip-

No te apures, hay quien opina que el actual nivel de producción normativa tiene como objetivo dificultar su comprensión precisamente, ya no para la población general sino para técnicos jurídicos no especializados y actualizados en la materia.

He leído recientemente esta noticia que parece aclarar un poco mejor las dudas del otro día: parece que la novedad es que se ha sacado a consulta pública la transposición al ordenamiento jurídico español de la normativa comunitaria DAC8 que, como ya habíamos comentado por aquí, se quiere finalizar cuanto antes, lo que conllevará modificar la LGT (Ley General Tributaria). (El que).

Aparte, están preparando redactar un Real Decreto para para "regular la obligación de identificar la residencia fiscal de los usuarios de criptoactivos y de informar acerca de las transacciones con los mismos en el ámbito de la asistencia mutua". (El como).

Por último, hará falta una nueva Orden Ministerial para aprobar nuevos modelos tributarios. (El detalle).

Y aún así no me queda todo claro, como las diferencias entre lo dispuesto en la DAC8 y MiCA, que requeriría un estudio más profundo de ambos textos.

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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
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Yo estas cosas de la Unión Europea, las entiendo y no las entiendo a la vez. Hay ya no se sabe cuántas cosas en marcha en términos normativos al respecto de las criptomonedas, con aparentes solapes en su alcance (por lo menos a ojos del espectador), y plazos asociados variopintos. Luego tenemos a su vez que los miembros van un tanto a su aire, cada uno con normativas distintas, hasta que un día tengan algo que, supongo, parecerá razonablemente común.

Mientras tanto, España parece querer ser la más chula del barrio, y aspira a ser la que más quiere controlar el patio, a la par que hace leyes a medida incomprensibles para amnistiar a los verdaderos malversadores de dinero público entre otras cosas a cambio de 7 monedas (votos).

En todo caso, más pronto que tarde, el control férreo va a llegar...
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Bueno, pero tampoco hablamos de nada nuevo en este sentido: ya sabíamos que los CEX (y otros servicios) iban a estar obligados a dar datos identificativos de clientes y sus operaciones, y que se está trabajando para que muy pronto se crucen datos con otros países (en principio 2026 pero España lo ha adelantado a 2025). ¿O se me escapa alguna novedad respecto a lo que comentábamos hace unos meses, a más de la nueva herramienta de análisis?

Citando el último artículo, las cosas de palacio van despacio, pero para lo que interesa bien que se mueven:

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Ahora bien, España ya es uno de los países que más se ha permitido regular al ecosistema de bitcoin. Desde la publicidad hasta la tributación, el país ibérico se ha perfilado como pionero en las normativas impuestas sobre el mercado emergente.

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Madre mía y yo que le daba un año menos a la vista de las noticias que se vienen sucediendo y que hemos comentado en este hilo. Además, si la administración se pone eso como objetivo seguro que tarda más, pues no son raras las moratorias en la aplicación de leyes que se impone la administración a sí misma. Es como el retraso de una muerte anunciada pero a nadie le sabe mal vivir más sobre todo si es en buenas condiciones.
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
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Ya, a mí me parece bastante claro que vamos a esto, por lo que el principio del anonimato tenderá a ser más una ensoñación de antaño que otra cosa. Lo justo sería que tuviese las mismas exenciones que el fiat para pagos, pero claro, como hay más posibilidades de trazabilidad con las criptomonedas que con un papel, pues eso …
 
En el siguiente artículo pone como objetivo el 31/12/2025:
https://www.criptonoticias.com/regulacion/espana-procesos-identificar-usuarios-bitcoin-hacienda-dac8/
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Bueno, tanto va el cántaro a la fuente que al final se rompe, o sea que yo creo que habrá un momento en que en España habrá un KYC máximo pero viendo que este hilo se abrió en octubre de 2020 es otro ejemplo de que la administración no suele ser rápida y eficaz. En el momento en que esté implementado ya no va a haber vuelta a atrás, la cuestión es cuándo habrá un control efectivo. ¿Será este 2024? Por las noticias eso parece, pero tampoco me sorprendería si se retrasa hasta enero del 25, por ejemplo.
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
Y por si no lo estaban haciendo ya, vemos que el control sigue progresivamente implantándose en la "tierra de conejos":

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El Ministerio de Hacienda ha comenzado con la elaboración de una nueva normativa en la cual obligará a las entidades financieras y operadores de servicios de criptoactivos a dar información a la empresa pública sobre la identidad de los usuarios que tengan rentas que puedan proceder de operaciones con este tipo de divisas, según ha anunciado la entidad este martes en un documento.

Por si fuera poco, dentro del marco de hospitalidad y colaboración, también hay acuerdos a nivel de la OCDE para el trasvase de este tipo de información entre sus países miembros:
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A su vez, los países que reciban información sobre usuarios residentes en España deberán remitirla a la Agencia Tributaria española, mientras que el fisco nacional compartirá información sobre usuarios extranjeros con el Estado miembro correspondiente.

Será por datos cruzados ...

Ver:
https://intereconomia.com/noticia/finanzas/hacienda-pedira-a-banca-y-operadores-informacion-de-los-duenos-de-criptomonedas-20240305-1046/

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Si uno quiere ser anónimo, va a tener que volver a pasarse al papel (hasta que le pongan un gps a cada billete)….

Por lo que veo dista mucho de ser un gran hermano global.

Quote
La intención es rastrear transacciones ligadas a los usuarios que operan en los distintos exchanges en España.

O sea a la gente que tengan fichada la rastrearán pero dudo hasta qué punto pueda ser eso efectivo. Primero que no tendrán en cuenta a los que tienen criptomonedas en exchanges que no tengan licencia en España o gente que las tenga en autocustodia (sería harto difícil). Pero es que incluso si yo tengo bitcoin en un CEX con licencia en España y hago una transacción tampoco van a saber mucho en un principio. No van a saber si me he transferido los bitcoins a mí mismo para tenerlos en autocustodia o los he remitido a otra persona para pagar algo.

Esto está muy lejos del fin del anonimato para quien haya sido cuidadoso con su privacidad.
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
Pues ya tienen una nueva herramienta para el rastreo de las TXs con criptomonedas, habiéndose gastado el estado español 10M € en licencias para los próximos 3 años de un software de análisis de cadenas con la empresa Ondata Internacional. Los usuarios: Hacienda y  cuerpos policiales esencialmente.

Si uno quiere ser anónimo, va a tener que volver a pasarse al papel (hasta que le pongan un gps a cada billete)….

Ver:
https://www.criptonoticias.com/seguridad-bitcoin/espana-millones-euros-rastreo-transacciones-criptomonedas/
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A mí me lo enviaron por la dehú https://dehu.redsara.es así que, en efecto, el envío es rápido y sin papel.

(creo que es lo primero que recibo en la dehú desde que me registré hace meeeeeses y meses)

Pues, en retrospectiva, casi era mejor que no te hubieras registrado... bueno, lo digo con humor, ya sé que en tu caso lo tienes todo bien atado.

Está claro que, si bien en un momento esto nos ha pillado a todos muy verdes (y al funcionario más), visto el potencial de ingresos se están poniendo las pilas aun ritmo inusual para la Administración. Más allá de mecanismos de control y fiscalización, agradecería que se avanzara en la técnica en sí, porque con la volatilidad que es intrínseca a este mercado lo de tributar por cada permuta por ejemplo no tiene mucho sentido, en mi opinión. Por no hablar de las monedas antiguas de las que no es posible recuperar el rastro, de campañas, etc.
sr. member
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A mí me lo enviaron por la dehú https://dehu.redsara.es así que, en efecto, el envío es rápido y sin papel.

(creo que es lo primero que recibo en la dehú desde que me registré hace meeeeeses y meses)
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
El Tweet origen habla de que se empezaron a realizar los envíos el día 27/11/2023. Puede que realmente quisiese aludir a recibir y no enviar, pero si tomamos como referente lo dicho, la carta mostrada llegó con suma premura, algo que parecería más propio de un envío electrónico que no físico.

Atendiendo al número de avisos IRPF mostrados (online) en la campaña de la renta más reciente, 328.000 avisos, este sería el volumen de envíos aproximados que me esperaría que hiciesen, de manera un tanto genérica.
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Pues está bien eso de que informen, "por si pudiera estar obligado". Yo creo que mucho de lo que nos quejamos no es del hecho de declarar y tener que pagar en sí, sino de las dificultades para hacerlo.

En cuanto al criterio para el envío de la comunicación a unos y no a otros, no sé si el hecho de que se tenga constancia de que andan con cryptos justificará el gasto en papel, habida cuenta de que hasta el límite de 50k están exentos de informar en el modelo 721, y quién más quién menos todos aquí coincidiremos de que se trata de una cantidad considerable.

Entre eso, y que quienes no se hayan pillado los dedos ya estarán bien informados y evitarán tener tal dineral en exchanges a partir de ahora, creo que se va a tratar de notas informativas para unos pocos. Por eso dudo de la conveniencia de enviarla masivamente, en este caso.
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
Según el artículo abajo referenciado, la Hacienda Española está enviando notificaciones a (ciertos) residentes para recordarles la obligación de presentar el modelo 721 relativo a monedas virtuales en el extranjero, en caso que les fuera de aplicación.


Desconozco el criterio exacto que emplearán para seleccionar el público objetivo a impactar con el comunicado, pero supongo que será similar al del aviso que emite Hacienda al rellenar la declaración de la renta: cogerá a todos aquellos de los que les consta relación con criptomonedas y se lo envía. A falta de algo más concreto, esta sería mi suposición.

Ver:
https://www.criptonoticias.com/regulacion/espana-50000-euros-bitcoin-impuestos-modelo721/
https://twitter.com/AgoraGranollers/status/1729065240380526757
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Habrá de todo, pero visto lo visto, lo mejor sería tenerlo todo blanco sobre blanco, de manera que tengas la libertad de comprar/vender cuando quieras, eso sí, impuestos mediante sobre la ganancia, y con el dolor de cabeza que conlleva que cada venta o pago o swap supone realizar el cálculo correspondiente de pérdidas/ganancias de cara a su declaración. Es el camino más sumiso con el sistema, pero que te permite hacer los movimientos con libertad. Digamos que si uno entrase en el mercado ahora mismo. Eso no quita que exista un volumen de personas con tenencia gris desde hace años, y que tiene quebraderos de cabeza acerca de cómo gestionar su caso particular.
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pero siendo una persona que esté en Esáña, se van a otro país par poder hacer alguna transaccion importante? usando la cuenta de un amigo de otro país?

¿Cómo te vas a ir en 2023 físicamente a otro país para hacer transacciones de bitcoin si te quieres esconder del gobierno? Entre esto y lo mal que has escrito el post dudo si te habías tomado unas copas antes de hacerlo. Si te quieres esconder del gobierno para comprar bitcoin tienes DEX, P2P y cajeros bitcoin para compras por debajo de 1.000€.

De hecho danadc creo que no es el punto de vista que compartimos muchos de los españoles que aquí posteamos. Lo que se debatía era sobre la obligatoriedad de declarar cantidades "pequeñas" (el entrecomillado es porque hablamos de 50.000€, que es una buena cantidad), por un lado, y de declarar lo que tengamos como ahorro en hardware wallets, por otro. Ambas cosas parecían desproporcionadas y desde mi punto de vista atentarían contra la intimidad, y la Dirección de Tributos efectivamente a respondido que no se va a meter.

Así que lo que comentas de irte a otro país o utilizar algún amigo en el extranjero, para defraudar, sería meterte innecesariamente en un problema de ocultación que personalmente ni comparto ni aconsejo. De momento, podemos tener la conciencia tranquila holdeando. El día de mañana, cuando nuestros sats valgan millones, ya veremos lo que dice la ley en su momento y cómo lo hacemos para vivir una dear life.
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pero siendo una persona que esté en Esáña, se van a otro país par poder hacer alguna transaccion importante? usando la cuenta de un amigo de otro país?

¿Cómo te vas a ir en 2023 físicamente a otro país para hacer transacciones de bitcoin si te quieres esconder del gobierno? Entre esto y lo mal que has escrito el post dudo si te habías tomado unas copas antes de hacerlo. Si te quieres esconder del gobierno para comprar bitcoin tienes DEX, P2P y cajeros bitcoin para compras por debajo de 1.000€.
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Yo tengo dudas , como hacen en España para tener Bitcoin? porque sé que allá se apga cas que por toda cosa, si tiene bitcon el gobierno lo sbae y te da un buen uiimpuesto, y se que son grandes, no pueden usar binance porque el hecho de usarlo quiere decir qu van tener que pagar mucho, los intercambios uqe son centralizados que no les pidan el kyc ya no lo hay, todo piden de alguna manera una pequeña y significativa muestre de concoer quien es, que hacen, identificacion, los intecambios descentralizdos son los que veo que pueden usar, pero siendo una persona que esté en Esáña, se van a otro país par poder hacer alguna transaccion importante? usando la cuenta de un amigo de otro país?

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Por si alguien quiere echarle un vistazo y no lo ha visto, dejo abajo el enlace a un artículo en el cual se cita la perspectiva de la abogada Cristina Carrascosa respecto de la obligación de declarar las criptomonedas en el extranjero a través del Modelo 721.

En resumidas cuentas, su perspectiva es que, si uno tiene las criptomonedas en autocustodia, éstas no se consideran estar en el extranjero, y por ende, no aplica el modelo 721.

Ver:
https://www.criptonoticias.com/regulacion/espana-autocustodia-bitcoin-declaracion-tenencias-hacienda/
https://twitter.com/CarrascosaCris_/status/1708740494463807613


Ya no es la interpretación de una abogada (muy válida por un lado, pero no vinculante), sino que según resume este artículo de El Economista Tributos ha aclarado en una reciente Resolución que es tal y como comentábamos:

1.- No hay obligación de declarar importes menores a 50k.
2.- Las wallets de las que el usuario conserva las claves se interpreta que radican en España.

Creo que más de uno por aquí estamos un poquito de enhorabuena Smiley
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En resumidas cuentas, su perspectiva es que, si uno tiene las criptomonedas en autocustodia, éstas no se consideran estar en el extranjero, y por ende, no aplica el modelo 721.

Esto sería lo más lógico, pues si las tienes en autocustodia o bien podríamos considerar que las tienes tú, como quien tiene oro o billetes en su casa, o bien tienes las claves privadas para manejarlas en internet, que al ser global y descentralizado no se puede considerar extranjero. No es como si tienes dinero en un banco de Singapur o criptomonedas en un exchange extranjero.

Para mi que el legislador va dando un poco palos de ciego mientras va aprendiendo y mientras tanto habrá un montón de gente declarando, de todos modos, además de las entidades sitas en España que declararán por defecto.
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